Documentación

Nuestra Misión

Estas son las normas principales de nuestra misión 

 

 

Fondo San Pablo para la Educación de las Minorías Étnicas de la Provincia de Yunnan (China)

 

Capítulo 1: Principios

1.

Se establece el Fondo para la Educación de las Minorías étnicas de la Provincia de Yunnan (China) con el fin de hacer posible que los niños de las minorías étnicas que viven en las zonas montañosas pobres de Yunnan tengan la posibilidad de recibir una educación básica, y también para promover la atención social hacia estas zonas y hacia la importancia de la educación.

2. El Fondo está organizado por personas de diversos estratos sociales, así como por organizaciones educativas, es una entidad independiente sin ningún interés de lucro económico.
3. El Fondo acata firmemente la Constitución, leyes y toda otra normativa de la legislación de la República Popular China, así como las normas de moral social y está controlado por la legislación referente a las escuelas públicas de Hongkong y Macau.
 

Capítulo 2: Área de trabajo

4. Ámbito de trabajo de SP EDIFY:
  • Ayuda en la construcción de escuelas en las zonas de Yunnan donde viven minorías étnicas en un estado de retraso económico más marcado. Las escuelas se llamarán ""Daoming"", que significa ""Camino brillante"";
  • Ayuda en la educación de los niños huérfanos de las zonas atrasadas de Yunnan, de modo que puedan recibir educación;
  • Fortalecer y completar la organización interna de SP EDIFY;
  • Posibilitar la ayuda económica proveniente de Hongkong, Macau, Taiwán, comunidades chinas en el extranjero, así como de otras organizaciones, tanto dentro como fuera del país, fortaleciendo la relación de SP EDIFY con dichas personas y organizaciones.
 

Capítulo 3: Organización y responsables de SP EDIFY

5. El Consejo adminitrador de SP EDIFYestá compuesto de 5 personas, además del secretario general. El consejo administrador es quien tiene la suprema autoridad. El Director de la Escuela de San Pablo de Macau será miembro de oficio de este consejo. El resto de miembros provendrá de otros grupos sociales. En caso necesario, el consejo administrador de SP EDIFY también puede invitar a otras personas expertas.
6. El consejo administrador posee las siguientes atribuciones y derechos:
  • Fijar y reformar los artículos constitutivos de SP EDIFY;
  • Fijar los mecanismos internos de control;
  • Nombrar o destituir al Presidente, vicepresidente, secretario y miembros del comité de administración;
  • Invitar a otras personas a participar en la administración de SP EDIFY;
  • Decidir sobre los informes de trabajo y económicos, así como fijar el plan y presupuesto para el año siguiente;
  • decidir sobre los beneficiarios del Fondo;
  • decidir sobre la terminación de los beneficios;
  • decidir sobre otros temas importantes para SP EDIFY.
7. Obligaciones de los miembros del consejo administrador:
  • Apoyar y cumplir los artículos constitutivos de SP EDIFY;
  • Comprensión de los métodos de la función pública;
  • Pasión por los asuntos relacionados con el bienestar público;
  • Conocimientos suficientes en el campo en que está envuelto personalmente, y el deseo de promocionar la educación de las minorías étnicas;
  • Tener un espíritu generoso, a la vez que un sentido del deber y responsabilidad hacia el trabajo de la fundación;
  • Respetar la ley y el orden y tener rectitud de conducta.
8. El secretario general de esta fundación llevará a cabo su función bajo la dirección del administrador general, y tendrá las siguientes responsabilidades:
  • Encargarse del trabajo ordinario y organizar e implementar las decisiones del consejo administrativo;
  • Organizar e implementar el plan anual de actividades de la fundación;
  • Planificar el plan para gestionar el uso de las donaciones;
  • Planificar la normativa necesaria para el gobierno interno de la fundación;
  • Llevar a cabo otras labores que hayan sido encargadas por el consejo administrativo.
 

Capítulo 4: Gestión y uso de bienes

9. Los bienes de esta fundación provienen de:
  • donaciones;
  • intereses bancarios;
  • los bienes de la fundación tienen protección legal, y no pueden ser para uso privado de ningún particular en ningún oficio.
10. Los bienes de la fundación sólo pueden ser usados en los objetivos e iniciativas indicadas en la constitución.
11. La gestión de los bienes de la fundación debe estar de acuerdo con la normativa administrativa de la fundación y bajo la supervisión del consejo administrativo y del departamento financiero.
12. La fundación llevará a cabo sus objetivos y su contabilidad de acuerdo con la ley, mejorando su sistema de monitorización para asegurarse que los datos con legales, objetivos, precisos y completos.
13. Los fondos son recaudados para proveer de ayuda financiera a los que, a causa de su pobreza, no han tenido la oportunidad de ser escolarizados, o, siendo escolarizados, no pueden mantener un mínimo estándar de vida.
14. Los donantes de fondos tienen el derecho a preguntar y exigir datos relacionados con el uso de los fondos, así como ofrecer opiniones y sugerencias. Cuando se reciba alguna pregunta, la fundación debe responder cuanto antes y del modo más completo posible.
15. Los donantes de fondos tienen el derecho a escoger a los receptores de sus donaciones, a conocer la situación de los receptores, a conocerles personalmente y preocuparse por su situación personal o académica.
16. La fundación puede llegar a acuerdos con los receptores de ayuda, modificar el método o la cantidad de ayuda, así como el objetivo o el método para usar esa ayuda.
17. La fundación debe vigilar cómo son usados los fondos. Cuando algún receptor de ayuda no lo haya usado del modo convenido, o alguna de sus condiciones no ha sido respetada, la fundación puede finalizar el acuerdo de ayuda.
18. La fundación deberá pasar una inspección anual del consejo administrativo, de acuerdo con lo estitpulado en la constitución.
19. Después de esta inspección, los informes económico deber ser hechos públicos en los medios indicados por el consejo administrativo, para que sean supervisados por el público en general.
 

Capítulo 5: En caso de disolución de la fundación

20. Si en algún momento fuera necesario disolver la fundación, el secretario del consejo administrativo debe redactar un acuerdo de disolución y aprobado por votación.
21. Antes de la disolución, se debe nombrar un equipo que, bajo la dirección del consejo administrativo, revise toda la contabilidad, haga los pagos y cancele las deudas que pudiera haber. Si el proceso de disolución se ha iniciado, no está permitido llevar a cabo ninguna otra actividad o iniciativa.
 

Capítulo 6: Normas adicionales

22. Esta constitución fue aprobada por votación.
23. La interpretación de su normativa corresponde al consejo administrativo.
24. La constitución tiene efecto desde el día de su aprobación por el consejo administrativo.
   
 
Att: Consejo Administrativo de SP EIFY
   
  Administrador Jefe:ALEJANDRO GARCÍA SALCEDO
  Secretario: JOSE A. LOPEZ LEGIDO
  Administrador: Sra. CHEN LI
  Contacto: Sr. LI SHU

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